Crean régimen especial para que informales empiecen a tributar

Página Siete / Agosto 13, 2020

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Fuente imagen: Página Siete

Mediante el Decreto Supremo 4298, el Gobierno creó el Sistema Integrado Especial de Transición para Emprendedores al Régimen General (Siete-RG), el cual consolida el pago de tres impuestos en un solo tributo, aplicable a las empresas unipersonales y los profesionales que deseen formalizar su situación tributaria y ser incluidos en el Régimen General.

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Los emprendedores puede acogerse al nuevo régimen «Siete RG»

De acuerdo con el artículo 11 de la norma, los emprendedores, empresas unipersonales o profesionales que deseen acogerse a este nuevo régimen podrán convertir el pago de los Impuestos al Valor Agregado (IVA), a las Transacciones (IT) y sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), en un monotributo aplicable a los emprendedores en transición al Régimen General.

La norma señala que el monotributo que los contribuyentes del Siete-RG declararán y pagarán bimestralmente de forma consolidada será equivalente al 5% de sus ventas brutas en dicho periodo.

Condiciones para cogerse al Siete RG

Para acogerse al Siete-RG, los contribuyentes deben cumplir con ciertas condiciones como estar inscritos en el Registro de Comercio o ser profesionales independientes, desarrollar actividades productivas manufactureras o de servicios con una proyección anual de 250 mil bolivianos anuales o menos, contar con un máximo de dos establecimientos comerciales y aceptar el uso de medios electrónicos de pago para la venta de bienes o prestación de servicios.

Además se excluye a las empresas unipersonales vinculadas a los rubros extractivos, así como a los que exploten de cualquier forma derechos; y los que alquilen bienes muebles o inmuebles.

Los contribuyentes que pasen al Siete-RG emitirán facturas; sin embargo, estas no generarán crédito o débito fiscal.

En caso de que el contribuyente genere ingresos anuales brutos superiores a los 250 mil bolivianos, pasará automáticamente al régimen general de tributación. De la misma manera, pasados tres años de su inscripción en el Siete-RG, las empresas unipersonales y profesionales que se hayan acogido al sistema migrarán automáticamente al régimen general, sin importar los ingresos que generen anualmente.

“Es un sistema adicional de tributación, similar al régimen simplificado para empresas unipersonales y profesionales que generen ingresos brutos iguales o inferiores a 250 mil bolivianos anuales. Para esto se establece el incentivo de pagar un monotributo en lugar de los tres impuestos, como sucede en el régimen simplificado, pero con la condición adicional de que pasados tres años, estos contribuyentes tendrían que pasar al régimen general, lo cual implica otra dinámica”, explicó el experto tributario Roberto Viscafé.

Sin embargo, Viscafé advierte que la migración automática podría generar dudas entre los contribuyentes que deseen acogerse en el Siete-RG, ya que, sin importar la situación en la que se encuentren sus negocios al cabo de tres años, estos pasarían automáticamente al régimen general.

“Esto va a generar problemas, porque el incentivo para formalizarse solo va a durar tres años; entonces, qué contribuyente va a querer entrar en este nuevo sistema, si al final va a tener que entrar al régimen general, con todas las condiciones que eso implica”, señaló.

El experto, por otra parte, indicó que, salvando el tema de la migración automática al régimen general, la medida es positiva; sin embargo, está siendo implementada en un mal momento, ya que las empresas unipersonales y profesionales independientes que ahora no tributan por ser informales, en este momento se encuentran peleando por su supervivencia y el 5% bimestral que tributarían se convierte en una carga innecesaria por el momento.

“La creación de este régimen adicional es importante. Si estuviéramos fuera de la pandemia es una medida interesante para formalizar a las empresas informales, pero en este momento no existe la motivación para las empresas de empezar a tributar. El 5% bimestral que tendrían que pagar, ahora mismo puede significar la diferencia entre la supervivencia de la empresa o su cierre. Este no es el momento para lanzar una medida de esas características”, expresó.

Decreto establece incentivos tributarios

Estos son los incentivos tributarios que plantea el Decreto Supremo: 

  • Alivio: De acuerdo con el experto tributario Jaime Rodrigo, entre las medidas de alivio administrativo contenidas en el Decreto Supremo 4298 se establece la prórroga del vencimiento de IVA e IT de los periodos julio a septiembre y octubre a diciembre, Otra medida es la de incentivar el consumo de productos nacionales haciendo que el Crédito Fiscal computable sobre los mismos tenga una mayor proporcionalidad, en lugar del 13% llegara al 15,60%.
  • Aportes: Rodrigo señala que la norma también establece que hasta fines del año 2021 se compute como crédito fiscal IVA hasta el 50% de los aportes patronales que efectúan las empresas, Sin embargo, advierte que esto distorsiona el propósito del IVA, ya que dicha acreditación solamente está permitida sobre el costo de los insumos y no sobre los costos de servicios personales.
  • Depreciación: La Norma introduce la figura de la depreciación acelerada que consiste en recuperar los costos de las inversiones en activos en plazos más abreviados (5 años en lugar de 10) lo cual permite aminorar las cargas en dicho impuesto. Esto beneficiará a los nuevos emprendimientos.

Empresarios saludan y respaldan incentivos

Empresarios respaldan y ven como favorables las medidas contenidas en el Decreto Supremo 4298, el cual tiene como objetivos principales establecer incentivos tributarios para la reactivación económica del país, y promover la creación de nuevas empresas mediante un sistema tributario de apoyo al emprendimiento.

“La aprobación de este decreto supremo será un gran apoyo y alivio para todas las empresas, sobre todo para el sector industrial y constructor que han sido duramente golpeados por los efectos de esta emergencia sanitaria”, expresó el presidente de la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) Fernando Hurtado.

Hurtado agregó que este decreto establece un marco normativo favorable para la creación de nuevos emprendimientos formales, que acelerarán el movimiento económico para el país.

Por su parte, el presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI) Ibo Blazicevic manifestó que hay una expectativa favorable en el sector industrial del país, por el establecimiento de incentivos tributarios para la reactivación económica del país, en el actual escenario de emergencia sanitaria.

Por su parte, el gerente de la Cámara de la Construcción de Santa Cruz (Cadecocruz) Javier Arze Justiniano señaló que ven con buenos ojos las medidas adoptadas, pero también muchos vacíos en la norma, por lo que esperan la reglamentación del decreto, para poder evaluar su verdadero impacto en la actividad de la construcción.

“Vemos que hay una real voluntad del Estado para aliviar el peso que carga el sector privado, pero en el tema de los incentivos los vemos insuficientes. Esperamos que estos puntos flojos puedan ser incluidos en la reglamentación de estas medidas”, señaló.

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