Guía para obtener licencia de funcionamiento para juegos electrónicos, de azar e internet
Lapaz.bo /
Septiembre 01, 2014
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[ACTUALIZADO A DICIEMBRE DEL 2024]
Las micro y pequeñas y grandes empresas bolivianas que ofertan servicios de juegos electrónicos, Internet y juegos de azar deben contar con una licencia de funcionamiento otorgado por los gobiernos autónomos municipales al que corresponden.
En el caso del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) determina las siguientes consideraciones, procedimiento y requisitos para la apertura y funcionamiento de esas actividades económicas en general.
¿En qué consiste?
La Licencia de Funcionamiento es el documento que otorga el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, autoriza el funcionamiento de la actividad económica de Juegos de azar, Juegos electrónicos, Juegos mecánicos y electromecánicos y Servicios de internet.
Finalmente emitirá la Licencia de Funcionamiento o se rechaza el mismo.
¿Formas de solicitar la licencia de funcionamiento?
Las actividades económicas que brindan el servicio deben hacer la solicitud de Licencia de Funcionamiento mediante:
Plataforma de trámite en línea “iGob 24/7”,
Plataforma de atención ciudadana de la Subalcaldía Macrodistrital, registrando los datos de la solicitud y adjuntando los requisitos digitalizados, posteriormente se verificará los antecedentes y se dispondrá la inspección de verificación.
Plataforma virtual
Realice el trámite en línea ingresando a la Plataforma virtual igob 24/7: http://igob247.lapaz.bo/
Plataformas presenciales
Puede acudir de forma presencial a las siguientes Plataformas Integrales de Atención Ciudadana:
Tiempo de duración
De 20 a 25 días hábiles.
Tomar en cuenta
Para servicios de INTERNET:
Debe incorporar filtros informáticos para evitar el acceso a contenidos prohibidos de acuerdo a lo establecido en normativa vigente.
Debe instalar cámaras de seguridad que permitan un almacenamiento por un lapso mínimo de tres (3) meses de acuerdo a normativa vigente.
Nota.- Si son establecimientos que desarrollan más de una actividad en el mismo inmueble y además pertenecen a un mismo titular, deben tramitar su Licencia de Funcionamiento como “Multiservicios” detallando cada actividad.
Requisitos
En caso de persona natural
Para todo tipo de trámite:
Contar con Registro Ciudadano (Cédula de Identidad) y cuenta de acceso a la plataforma virtual “iGob 24/7”.
Una fotografía de cada elemento de identificación de la actividad económica – VIAE y Una fotografía del frontis del inmueble, con las medidas correspondientes en metros.
NIT o inscripción al Régimen Simplificado (Opcional)
Solo para juegos mecánicos y electromecánicos:
Certificación Acústica, cuando así lo requiera;
Certificado de IBNORCA por juego
Documento suscrito donde el propietario se comprometa al mantenimiento de los equipos.
Póliza de seguro contra accidentes
Solo para servicios de internet:
Certificado de Registro de Antecedentes Penales del solicitante y de quien se encuentre a cargo de la presentación del servicio.
Persona Jurídica
Para todo tipo de trámite:
Contar con Registro de Persona Jurídica y acceso a la plataforma virtual “iGob 24/7”.
Testimonio de Constitución de Sociedad
Matricula de Comercio (SEPREC)
NIT o inscripción al Régimen Simplificado
Poder de Representación Legal
Registro Ciudadano del Representante Legal como persona natural en la plataforma virtual “iGob 24/7”
Una fotografía de cada elemento de identificación de la actividad económica – VIAE y Una fotografía del frontis del inmueble, con las medidas correspondientes en metros.
Solo para Juegos de azar:
Certificación Acústica otorgada por la DGA del G.A.M.L.P.
De tratarse de un inmueble en propiedad horizontal, el solicitante deberá presentar conformidad expresa de la asamblea o asociación de copropietarios o en su defecto, del administrador del edificio, en relación al funcionamiento de la actividad económica.
En caso de inmuebles otorgados en arrendamiento, anticresis y otra modalidad de disposición de bienes inmuebles prevista en el Código Civil, deberá presentar el original y fotocopia del contrato respectivo en el que se especifique su uso y destino o constancia del propietario del inmueble aceptando el funcionamiento del establecimiento.
En caso de que sea propio, el testimonio de compra venta, copia del folio real, tarjeta de propiedad o cualquier documentación original y fotocopia que acredite su derecho propietario sobre el inmueble. En caso de existir múltiples propietarios el solicitante deberá presentar la conformidad expresa de todos los copropietarios.
Para inmuebles con superficie mayor a 100 mts2. Plano de instalación eléctrica con firma del profesional responsable y visado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB).
Solo para juegos mecánicos y electromecánicos:
Certificación Acústica, cuando así lo requiera;
Certificado de IBNORCA por juego
Documento suscrito donde el propietario se comprometa al mantenimiento de los equipos.
Póliza de seguro contra accidentes
Solo para servicios de internet:
Certificado de Registro de Antecedentes Penales del solicitante y de quien se encuentre a cargo de la presentación del servicio.
Pasos del ciudadano
Una vez cuente con todos los requisitos siga los pasos a continuación:
Realice su registro ciudadano en la plataforma virtual “iGob 24/7”.
Escanee toda la documentación y cargue a la plataforma virtual “iGob 24/7”. O presente los requisitos originales y digitalizados en plataformas presenciales, de acuerdo al tipo de Actividad Económica.
Permita la inspección de verificación al establecimiento de la Actividad Económica.
Después de 20 a 25 días hábiles descargue e imprima la licencia de funcionamiento de la plataforma virtual “iGob 24/7” o recoja la misma en cualquier plataforma presencial.
Importante
Para el Registro Ciudadano en la plataforma virtual “iGob 24/7”, tiene que estar presente el titular de la actividad, en caso de ser persona Jurídica el representante legal.
Una vez procesada la licencia de funcionamiento, el ciudadano puede acceder a su impresión desde su cuenta iGob 24/7.
La licencia de funcionamiento no tiene ningún costo.
Marco Legal
Ley Municipal Autonómica No. 067 “Ley Municipal Autonómica de Internet en el Municipio de la Paz”; Decreto Municipal Nº 16/2014 “Reglamento para el Funcionamiento y Control del Servicio de Internet en el Municipio de La Paz”; Ley Municipal Autonómica No. 057 “ De Juegos Mecánicos y Electromecánicos”; Decreto Municipal Nº 007/2014 “Reglamento Municipal Para el Funcionamiento y Control de Juegos Mecánicos y Electromecánicos”; Decreto Municipal Nº 008/2014 “Procedimiento Transitorio Para la Otorgación de Licencia de Funcionamiento a las Actividades Económicas de Juegos de Azar en el Municipio de La Paz”; Decreto Municipal Nº 003/2020 “Reglamento Municipal de Elementos Publicitarios de Identificación de Actividades Económicas”.