[ACTUALIZADO A DICIEMBRE DEL 2024]
Las micro y pequeñas y grandes empresas bolivianas que ofertan servicios de juegos electrónicos, Internet y juegos de azar deben contar con una licencia de funcionamiento otorgado por los gobiernos autónomos municipales al que corresponden.
En el caso del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) determina las siguientes consideraciones, procedimiento y requisitos para la apertura y funcionamiento de esas actividades económicas en general.
Las actividades económicas que brindan el servicio deben hacer la solicitud de Licencia de Funcionamiento mediante:
Puede acudir de forma presencial a las siguientes Plataformas Integrales de Atención Ciudadana:
Para servicios de INTERNET:
Nota.- Si son establecimientos que desarrollan más de una actividad en el mismo inmueble y además pertenecen a un mismo titular, deben tramitar su Licencia de Funcionamiento como “Multiservicios” detallando cada actividad.
Para todo tipo de trámite:
Solo para juegos mecánicos y electromecánicos:
Solo para servicios de internet:
Para todo tipo de trámite:
Solo para Juegos de azar:
Solo para juegos mecánicos y electromecánicos:
Solo para servicios de internet:
Una vez cuente con todos los requisitos siga los pasos a continuación:
Ley Municipal Autonómica No. 067 “Ley Municipal Autonómica de Internet en el Municipio de la Paz”; Decreto Municipal Nº 16/2014 “Reglamento para el Funcionamiento y Control del Servicio de Internet en el Municipio de La Paz”; Ley Municipal Autonómica No. 057 “ De Juegos Mecánicos y Electromecánicos”; Decreto Municipal Nº 007/2014 “Reglamento Municipal Para el Funcionamiento y Control de Juegos Mecánicos y Electromecánicos”; Decreto Municipal Nº 008/2014 “Procedimiento Transitorio Para la Otorgación de Licencia de Funcionamiento a las Actividades Económicas de Juegos de Azar en el Municipio de La Paz”; Decreto Municipal Nº 003/2020 “Reglamento Municipal de Elementos Publicitarios de Identificación de Actividades Económicas”.