
El registro del Régimen de Reintegro en Efectivo del IVA (RE-IVA) es un beneficio para las personas que no emiten facturas y realizan compras. Se dispone la devolución del IVA del 5% para personas que ganen menos de 9000 Bs., ya sean dependientes o independientes. Esto se da a raíz de la promulgación de la Ley 1355.
Artículo relacionado: Ley 1355 – Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (RE – IVA)
Siga los siguientes pasos para poder registrarte en el RE – IVA:
Artículo relacionado: Decreto Supremo 4435: Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado – Re-IVA
Para verificar la validación del registro:
Recuerde que la actualización de este documento debe realizarse en el período de esta cuenta, debe hacerse en diciembre de cada gestión.
En el caso de no poder realizar el registro vía on line, puede dirigirse a las oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales.