Ley por el uso de botellas pet será aprobada este mes

La Razón / Marzo 06, 2014

Compartir en:

botellas pet

El proyecto de Ley de Promoción para la Reducción de Contaminación por uso de Botellas Plásticas no Retornables se aprobará hasta fines de este mes en el Legislativo. Los industriales lo rechazan y proponen ideas más imaginativas.

La diputada proyectista de la norma PL-579-13, que grava la comercialización de bebidas en botellas plásticas no retornables (pet) con una retención de hasta Bs 0,05 por unidad, Betty Tejada, dijo que “hasta fines de este mes esta ley tiene que estar aprobada”, previo a las reuniones de coordinación con el sector industrial.

La asambleísta por el Movimiento Al Socialismo (MAS) explicó que el proyecto de ley ya fue aprobado en la Cámara de Diputados en la pasada legislatura y que ahora es analizado en la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Senadores.

Objetivo de la norma

Tejada reiteró que el objetivo de la norma es reducir la contaminación del medio ambiente reciclando las botellas pet.

El presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Mario Yaffar, expresó nuevamente su rechazo a este proyecto porque “solo es una carga impositiva más al sector industrial”. Sugirió que se deben buscar medidas más imaginativas como lo hacen en otros países.

Se debería premiar la recolección de botellas con minutos libres en telefonía (móvil) o pasajes de transporte público que bien puede ser cargado al Teleférico o a los buses PumaKatari, pero las campañas están orientadas a castigar al sector productivo de Bolivia y a las empresas bolivianas”, expresó Yaffar.

Tejada rechazó que la norma esté orientada a cobrar impuestos. “Sólo llegarían a pagar de 80 a 150 dólares máximo al año. Pero si esto es imposible, la otra vía es que recojan todas las botellas que botan al mercado”.

Establecen multa del 10%

  • El proyecto de Ley de Promoción para la Reducción de Contaminación por Uso de Botellas Plásticas no Retornables establece una multa de “hasta el 10% del importe de la retención no cumplida”, vale decir que se deben pagar cuotas de retención de Bs 0,025 por unidad hasta Bs 0,05 por botellas no retornables de 0,600 litros hasta 3,781 litros. Las cuotas de retención podrán ser modificadas mediante decreto.
  • El artículo 9 de la referida norma, que está en tratamiento en la Cámara Alta, también establece la “suspensión temporal de la matrícula de comercio” de la empresa infractora.
  • Los recursos obtenidos por el cobro de las multas de importe de retenciones no cumplidas, se depositarán en la misma cuenta y tendrán el mismo destino que los recursos de las retenciones.
  • Asimismo, se señala que mediante decreto supremo podrán establecerse otras sanciones por infracciones a la norma en cuestión.
Etiquetas: ,

Comentar